La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo (Sección 3ª) ha dictado la sentencia de 14 de septiembre de 2019 (rec 6372/2020) en la que avala que los órganos judiciales suspendan, por vía cautelar, la remisión de las resoluciones sancionadoras dictadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado a los efectos de iniciar el procedimiento para la determinación del alcance y la duración de las prohibiciones de contratar cuando haya considerado necesario suspender cautelarmente la sanción a la que va anudada.

En concreto, el TS afirma que “la cuestión de interés casacional planteada consiste en determinar si la declarada prohibición de contratar que incluye la resolución sancionadora dictada por la CNMC ha de entenderse inmediatamente ejecutiva a

los efectos de su eventual suspensión cautelar o, por el contrario, la ejecutividad de dicha medida se produce en un momento posterior tras la tramitación del procedimiento correspondiente ante la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.

A tal efecto debe afirmarse que la prohibición de contratar acordada por la CNMC al amparo del art. 71.1. b) de la LCSP es una limitación anudada a la imposición de una sanción firme por una infracción grave en determinadas materias. Los efectos de la prohibición de contratar solo se producen, y la limitación solo es ejecutiva, desde el momento en el que se concreta el alcance y duración de la prohibición, bien en la propia resolución sancionadora bien a través del procedimiento correspondiente y, en este último caso, una vez inscrita en el registro.

Ello no impide que el órgano judicial, por vía cautelar, pueda suspender la remisión a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado cuando, entre otros supuestos, haya considerado  necesario suspender cautelarmente la sanción a la que va anudada”.

 

Javier Guillén Caramés es consultor académico de Herbert Smith Freehills y Catedrático de Derecho Administrativo de la URJC

 

 

 


737 Visitas totales 4 Visitas hoy